La reforma legal atribuye la llevanza de todos los Registros jurídicos a los registradores de la propiedad y mercantiles, integrados en el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
De tal forma, una de las principales novedades destacadas en materia de Registro Civil, es que se transfiere a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles la llevanza del Registro Civil, esto supone el paso de la gratuidad de las actuaciones del Registro al cobro por Aranceles. Otra importante novedad a señalar, será que el matrimonio civil pasa a ser autorizado por Notario y su posterior inscripción en el Registro dependiente de los actuales Registradores de la Propiedad, lo que supondrá un doble pago de aranceles.
Si finalmente se aprueba la Ley, en la práctica supondría pagar tasas por obtener un certificado de matrimonio, de divorcio, cambio de nombres y apellidos… Así pues, ante la reciente aprobación de la Ley de Tasas Judiciales, nos encontramos ante una posible norma que supondrá otra privatización y un nuevo perjuicio económico para los ciudadanos.