Según la reciente STS 640/2018, 14 de junio de 2018, que estima el recurso de casación nº 414/2017 para la unificación de doctrina, establece que para calcular una indemnización por despido improcedente debe incluirse el incentivo “bonus” (modalidad de retribución variable) devengado por el cumplimiento de objetivos durante el año anterior y percibido dentro del mismo ejercicio en el que la empresa realiza el despido.
El Alto Tribunal, señala que el incentivo “bonus” tiene naturaleza salarial, así como periodicidad superior a la mensual (su devengo se produce por anualidades vencidas y en función de los beneficios realizados en cada una de ellas), debe formar parte del salario regulador a los efectos de calcular la indemnización legal por despido, aún cuando su devengo fuera del año anterior.