1.- Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (BOE núm. 167, de 14 de julio de 2015).
- La Ley se orienta a la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y a la tramitación electrónica desde los centros sanitarios de los nacimientos y defunciones.
- La segunda parte de la Ley tiene por objeto la modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Con esta modificación legal se pretende que, a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, la inscripción de los recién nacidos se realice directamente desde los centros sanitarios, a modo de «ventanilla única» donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil, amparado con el certificado reconocido de firma electrónica del facultativo. No será necesario, por tanto, acudir personalmente a la Oficina de Registro Civil para realizar la inscripción del nacido.
- La presente Ley entrará en vigor el 15 de octubre de 2015, salvo el apartado diez del artículo segundo (Entrada en vigor de la Ley del Registro Civil) y el apartado 1 de la disposición derogatoria única (“Quedan derogadas las disposiciones adicionales vigésima, vigésimo-primera, vigésimo-tercera, vigésimo-cuarta y vigésimo-quinta de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia”), que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2.- Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico (BOE núm. 165, de 11 de julio de 2015).
- Con la actual evolución de la recaudación, el Gobierno ha aprobado una rebaja adicional de tipos en el IRPF y estableció una nueva tarifa, con efectos para todo el año 2015.
- La Ley manifiesta la obligación de prestar la colaboración que requiera Eurojust como colegio a través de cualquiera de los miembros que integran la delegación española en Eurojust.
- Regula los plazos en que deba darse cumplimiento a las obligaciones, estableciendo un plazo de diez días para que las autoridades nacionales contesten a las solicitudes de actuaciones procedentes del miembro nacional de España en Eurojust, así como un plazo máximo de un mes para remitir la información a Eurojust desde que se tenga conocimiento de la concurrencia de los requisitos que, conforme a la presente Ley, generen la obligación de informar.